76 Legislatura llama a ayuntamientos a fortalecer los Planes de Desarrollos Municipal

Comunicado 482 / 2025

76 Legislatura llama a ayuntamientos a fortalecer los Planes de Desarrollos Municipal

Morelia, Michoacán; a 15 de mayo de 2025.- En sesión ordinaria, el Pleno de la Septuagésima Sexta Legislatura, hace un llamado a los gobiernos municipales para que continúen fortaleciendo la implementación de los objetivos, estrategias y acciones establecidos en los Planes de Desarrollo Municipal 2024–2027.

Lo anterior, luego de avalar el dictamen mediante el cual se toma conocimiento de dichos Planes remitidos por diversos Ayuntamientos de la entidad, los cuales turnados para su conocimiento, análisis y seguimiento a la Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales.

Es así, que a las y los legisladores se comprometieron a dar seguimiento institucional al desarrollo, ejecución y evaluación de los Planes de Desarrollo Municipal, instrumentos que permiten articular la programación del gasto público con las prioridades del desarrollo, vincular la acción de gobierno con los principios de legalidad y transparencia, y facilitar la rendición de cuentas.

Asimismo, se estableció que los Ayuntamientos de Michoacán deberán difundir sus respectivos Planes de Desarrollo Municipal, no solo en idioma español, sino también en las lenguas originarias de mayor presencia en su territorio, y a través de medios tecnológicos y formatos accesibles, incluyendo el sistema braille.

De igual forma, aprobaron solicitar de manera institucional a los Ayuntamientos que, durante el mes de junio de cada año, con excepción del primer año de ejercicio de cada administración municipal, informen por escrito al Congreso del Estado sobre el avance y los resultados de la ejecución de sus respectivos Planes Municipales de Desarrollo.

Cabe señalar, que los Planes de Desarrollo Municipal constituyen el eje rector de la gestión pública local, al establecer los objetivos, estrategias, prioridades y líneas de acción que orientarán el ejercicio gubernamental de cada Ayuntamiento durante el periodo constitucional correspondiente. Su elaboración, aprobación y remisión al Congreso dentro de los cuatro primeros meses de su gestión administrativa.

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