Congreso del Estado aprueba reforma para proteger salud mental de personas cuidadoras

Comunicado 0525 / 2026

Congreso del Estado aprueba reforma para proteger salud mental de personas cuidadoras

Morelia, Michoacán, 10 de junio de 2026.- La Septuagésima Sexta Legislatura resaltó la importancia de la salud mental de las personas cuidadoras, al incorporar a la Ley de Salud, así como a la de Salud Mental del Estado de Michoacán, disposiciones que promueven acciones de orientación, apoyo y prevención de la sobrecarga de las personas cuidadoras.

En Sesión Extraordinaria, las y los integrantes del Congreso del Estado votaron a favor del Dictamen elaborado por la Comisión de Salud y Asistencia Social sobre la iniciativa de la diputada María Itzé Camacho Zapiain, mediante la cual se adiciona un tercer párrafo al artículo 30 de la Ley de Salud y se reforma el artículo 16 de la Ley de Salud Mental del Estado de Michoacán de Ocampo.

De acuerdo con el Dictamen aprobado, era necesario fortalecer el marco normativo estatal incorporando disposiciones que promuevan acciones de orientación, apoyo emocional y prevención de la sobrecarga física y mental en las personas cuidadoras, reconociendo la importancia de su bienestar dentro de las políticas públicas de salud y salud mental.

Con las modificaciones a ambos ordenamientos jurídicos, se “plantea avanzar hacia un enfoque más integral de la salud mental, que no sólo reconozca a quienes requieren atención médica, sino también a quienes desempeñan cotidianamente labores de cuidado, contribuyendo así al fortalecimiento de las redes familiares y comunitarias que sostienen el bienestar social”.

De tal forma, que con la adición de un tercer párrafo al artículo 30 de la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo, se precisa que la Secretaría de Salud promoverá, dentro de los servicios de salud mental del primer nivel de atención, programas de orientación, apoyo emocional y prevención del desgaste físico y mental dirigidos a las personas cuidadoras de personas que requieran cuidados permanentes o de larga duración.

En el Artículo 16 de la Ley de Salud Mental del Estado de Michoacán de Ocampo se determinó que Para la prevención de riesgos en materia de salud mental, el Gobierno implementará acciones para promover programas de apoyo emocional, orientación y prevención del desgaste físico, emocional y mental de las personas cuidadoras de personas que requieran cuidados permanentes o de larga duración.

La legisladora María Itzé Camacho señalo que el cuidado prolongado puede generar un impacto significativo en la salud física y emocional de quienes lo realizan, y que el cuidado intensivo puede generar consecuencias como deterioro en la calidad de vida, aislamiento social, agotamiento emocional y afectaciones a la salud física, particularmente cuando el cuidado se realiza durante largos periodos y con escaso apoyo institucional o comunitario.

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